La última moda en la disfuncional relación entre las sociedades de gestión de derechos de autor y los ciudadanos consiste en comunicarse mediante ataques de denegación de servicio.
En estos mismos momentos, según elpais.com, los impacientes llevan toda la tarde tumbando las webs de la SGAE y el Ministerio de Cultura. El acto de comunicación estaba previsto para esta medianoche, pero ¿alguna vez alguien ha querido esperar a la mañana de Reyes para usar sus juguetes nuevos? Al decir de El País, a las siete de la tarde la web de SGAE ya había caído más de veinte veces.
Estos últimos días, una de las preguntas que rondaban era el estatus penal de la cosa. Como siempre, no se sabe. Unos dicen que el ataque DoS está penado con cárcel y penuria económica; otros, que es inviable actuar penalmente contra un DoS distribuido realizado por miles de personas, ninguna de las cuales tiene la capacidad de provocar por sí sola la caída del servidor.
Desgraciadamente, y al margen de la anécdota de hoy, ¿quién son esas sociedades? Pues unos señores a los que dice la ley que tengo que pagar x dinero cuando me compro una tarjeta de memoria para la cámara de fotos, en concepto de compensación al autor de las obras (o sea, yo) porque puede ocurrírseme guardar en ella varias copias de la misma foto, sin pedirme permiso a mí mismo y por tanto en detrimento de mi derecho a hacer dinero con las copias de mis fotos. Lo curioso es que a mí nadie me liquida a fin de año el dinero recaudado por soportes destinados a guardar mis obras, o sea que el sistema funciona sólo a medias.
Por así decirlo.
El camello del visir
Hace 23 horas
4 comentarios:
Está claro que pagas los derechos que te debes a ti mismo aunque, por alguna extraña circunstancia, tu mismo ya no eres tu mismo a efectos del cobro. Parece un buen negocio, vaya. ¿Cobran por masturbarse? (en el sentido más auto del termino)
Lo más curioso es que sigan cerrando páginas tras haber puesto el cannon "como impuesto porque es probable que hagas copias ilegales". Si ya estás pagando el cannon no deberías tener derecho a hacer copias ilegales?
En fin, como tu comentas aquí hay más bien poco sentido y muchas manos llenas...
http://www.youtube.com/watch?v=pDnRJOdoL1w&feature=related
http://www.youtube.com/watch?v=5wbo97v8Gfs
Si teneis un rato libre y no los habéis visto, os reís un rato, por no llorar.
Una preunta Pedro, yo que soy joven e ingenuo y no controlo del tema, la SGAE cuanto tiempo lleva operando?
Seguro que lo dice mejor la Wikipedia, pero creo recordar que la SGAE nació como asociación de autores (la A) para defenderse de los editores (la E), que eran los que partían el bacalao hace 100 años, 140, o los que fueran. Hará 30-40 años, o menos, que se refundó en su forma actual.
Sobre el canon existe una confusión muy grande, quizá porque ninguna de las dos partes está interesada en que la población entienda exactamente qué es y cómo funciona.
La ley española reconoce el derecho a realizar copias de obras artísticas o literarias para su uso en el ámbito privado. Este derecho tiene unas limitaciones que son de sentido común. Por ejemplo, si tú tienes un cuadro en tu casa y yo quiero sacarle una foto, tu derecho a que yo no entre en tu casa si no te da la gana tiene preferencia sobre el derecho que yo tenga a tener una copia de tu cuadro.
Por otra parte, la ley reconoce a los autores otro derecho muy lógico a gestionar la difusión de sus obras, decidiendo si quieren regalarlas, si quieren cobrarlas, si quieren que las publique Fulanito o Menganito, cuánto hay que pagar por utilizarlas, etc. Sin embargo, es imposible que los autores realicen ese control sobre las copias privadas que hagan los ciudadanos; ni siquiera es (o era) posible que se enteren de que esas copias existen o cuántas son.
Por eso (entiendo yo) introdujo la ley un mecanismo compensatorio: que de cada aparato que se venda, que sólo sirva para hacer copias de obras (las fotocopiadoras, las grabadoras de vídeo, etc.), una parte vaya para los autores de obras.
Hasta aquí, yo no podría estar más de acuerdo con el canon compensatorio. (Excepto en si ese dinero llega o no llega a los autores con el método actual, y si las entidades de gestión que manejan este dinero público deben o no funcionar como funcionan.)
El problema viene cuando, hace unos años, se decide extender ese canon no sólo a los aparatos sino también a los soportes, siendo que es completamente imposible que exista un soporte que sólo sirva para almacenar obras y no otra cosa.
Un problema añadido es el que yo digo, que a fecha de hoy todos somos autores, y el 99% de las obras que se producen están fuera del círculo comercial para el que se legisla como si fuera lo único que existe, con lo cual es imposible que la legislación no suene absurda cuando la aplicamos al caso "típico", que no es el de un señor que vende libros sino un señor que sube sus fotos a Flickr, o sus vídeos a Youtube, o que escribe su blog, o que actualiza su Twitter (que también es un blog).
En fin, que me estoy yendo. El caso es que es totalmente falso que las copias que hacemos sean ilegales, por lo tanto también es falso que el canon justifique que hagamos copias ilegales. Podíamos hacer copias antes de que existiera el canon en su forma actual, y seguiríamos pudiendo hacerlas aunque desapareciera el canon.
Yo lo veo mas simple que todo eso
1- Los miembros de la asociacion X hacen campanna en favor del politico de turno
2- El politico de turno consigue el poder
3- El politico de turno disenna un nuevo impuesto para pagar el favor pasado y futuros favores
4- Los miembros de la asociacion X se movilizan, cuando sea conveniente, en favor del politico de turno
5- Con el tiempo el partido del politico de turno y la asociacion X acabaran fundidos en un conglomerado que haga imposible saber donde empieza uno y acaba el otro
En un pais del primer mundo en el que exista algun tipo de justicia y haya separacion de poderes, tarde o temprano aparecera un juez que rompa el circulo vicioso. Por desgracia Espanna no entra dentro de esos parametros.
La parte "buena" de la historia es que la recaudacion de impuestos tiene un limite: el 100% del salario.
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